El Tribunal Supremo considera que nacer en el Sáhara Occidental cuando era colonia española no da la nacionalidad

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El Tribunal Supremo ha establecido en una sentencia que haber nacido en el Sahara Occidental antes de 1975 no da derecho a la nacionalidad española de origen, ya que el territorio a los efectos de la nacionalidad no puede ser considerado España durante la etapa en la que fue colonia española.

La Sala Primera del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación interpuesto por la Dirección General de los Registros y del Notariado contra una sentencia que había declarado la nacionalidad española de origen de una demandante, nacida en el Sahara Occidental en 1973, dos años antes de que España abandonara el territorio a su suerte, lo que desató una guerra entre el pueblo saharaui, Marruecos y Mauritania por el control de la zona.

La sentencia cuenta con un voto particular, suscrito por tres magistrados, que consideran que el reconocimiento de la nacionalidad española de origen no es contrario a la doctrina del Tribunal Supremo y que el recurso de casación debería haber sido desestimado.

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